La financiación a pymes ha sido y será uno de los grandes pilares a construir por aquellas personas que decidan emprender, pues los requisitos para poder solicitar algún tipo de crédito cada vez son mayores y más complejos de conseguir.
Una de las opciones que tienen disponible tanto autónomos como pymes en España es acudir a las SGR, conocidas como Sociedades de garantía recíproca. Este tipo de sociedades ayudan a las pymes y autónomos a obtener una financiación sin problemas, además es importante recalcar el hecho de que son las propias sociedades las que solicitan el crédito y ponen el aval, asumiendo la responsabilidad financiera en caso de que el proyecto no siga adelante.
En cada Comunidad Autónoma hay una sociedad de estas características, en el caso del País Vasco estaba Oinarri SGR, la cual tenía se definía como una entidad financiera de carácter mutualista. Su creación tuvo lugar en el año 1996 y consiguió tener convenios con Laboral Kutxa y demás entidades financieras de la zona, su objetivo era el de tener financiación para pymes con condiciones realmente ventajosas, por ejemplo en el tipo de interés, el cual era de un 0,5% de apertura y un 3% de Euribor.
Actualmente Oinarri SGR se ha fusionado con la SGR del propio País Vasco, Elkargi SGR. Esto no significa que se hayan dejado de otorgar dichas ayudas, nada más lejos de la realidad pues la financiación sigue estando disponible para todos los socios que cumplan los requisitos para otorgar dicha financiación.
Actualmente debido a la pandemia por Covid-19, se ha generado un nuevo plan de medidas extraordinarias en Elkargi SGR, se trata de una financiación urgente para apoyar a autónomos y pymes en situación críticas, causados por la pandemia.
Esta ayuda urgente aportada por Elkargi SGR, tendría como objetivo cubrir todos los gastos fijos que puedan tener lugar en los próximos seis meses a su solicitud. Las cantidades que se pueden solicitar son variables puede ir desde los 5.000€ a los 50.000€ en autónomos y desde los 50.000€ a los 1.000.000€ para pymes, con un tipo de interés del 0%, un plazo de financiación de hasta 5 años y lo más importante, con cuotas trimestrales.
¿Qué condiciones se deben cumplir para solicitar dicha ayuda?
Como es lógico, este tipo de ayudas van destinadas a un público muy concreto, por lo que no es de extrañar que se deban cumplir una serie de requisitos para que sea concedida la financiación. Las condiciones de acceso son las siguientes:- Ejercer actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en Euskadi.
- Tener la calificación de PYME.
- No tener deudas vencidas con el IVF o ELKARGI.
- Estar al corriente en los pagos por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- En las solicitudes se deberá presentar una breve descripción de la afectación de la emergencia sanitaria en la actividad y las necesidades de financiación que tienen.
Una vez se hayan presentado las solicitudes para la financiación, estas deberán ser revisadas por la sociedad de garantía recíproca colaboradora del programa, en este caso Elkargi. Todas las solicitudes serán estudiadas y evaluadas para ver si son aptas para la concesión del aval.
Algo muy importante a la hora de presentar las solicitudes es el hecho de que estas puedan ser denegadas a pesar de cumplir con varios requisitos. La sociedad de garantía recíproca colaboradora tiene total autonomía para la concesión o denegación de las solicitudes que reciba, además también puede incluso exigir las contragarantías reales o personales del solicitante.
No obstante, en caso de duda a la hora de la solicitud o cuestión durante el trámite, lo mejor que se puede hacer es acudir directamente a la sociedad tramitadora, en este caso Elkargi SGG, ya sea por vía telefónica o telemática, de esta forma se evitarán cometer fallos en la solicitud innecesarios.